Aeropuerto de San Sebastián

AEROPUERTO DE SAN SEBASTIÁN

Aeropuerto de San Sebastián
Aeropuerto de San Sebastián - (EAS)

El Aeropuerto de San Sebastián es el principal punto de conexión aérea de la ciudad de San Sebastián. Aquí encontrará toda la información que necesita para planificar su viaje: horarios de vuelos, servicios del aeropuerto, transporte público, alquiler de vehículos, objetos pérdidos, aduana y mucho más.

PASOS A REALIZAR AL LLEGAR AL AEROPUERTO DE SAN SEBASTIÁN

  1. LLEGA AL AEROPUERTO CON TIEMPO SUFICIENTE
  2. Es aconsajable que llegues al aeropuerto con al menos dos (2) horas de antelación si vuelas dentro del territorio nacional, y tres horas si vuelas internacionalmente. Esto te dará suficiente tiempo para facturar tu equipaje, pasar por el control de seguridad, localizar tu puerta de embarque y resolver cualquier imprevisto de último minuto.

  1. FACTURACIÓN O CHECK-IN
  2. Una vez llegas al aeropuerto, debes dirigirte al mostrador o 'stand' de la aerolínea con la que viajas para facturar tu equipaje. Para hacer el 'check in' deberás mostrar tu billete y ellos te proporcionarán una etiqueta de equipaje que deberás ajustar en tu maleta. Ten en cuenta que algunas aerolíneas tienen restricciones de peso y tamaño para el equipaje facturado. ¡Compruébalo antes de viajar!

    Se te hará entrega de la tarjeta de embarque o boarding pass, y el resguardo del equipaje en caso de haber sido facturado.

  1. PASA EL CONTROL DE SEGURIDAD
  2. Después de facturar tu equipaje, tendrás que pasar por el control de seguridad. Asegúrate de tener tu billete y documento de identidad a mano. No puedes llevar objetos punzantes ni líquidos en envases de más de 100 ml en tu equipaje de mano. Es importante que coloques todos tus objetos personales, incluidos tus zapatos, cinturón y chaqueta en una bandeja para que se revisen en el escáner.

  1. LOCALIZA TU PUERTA DE EMBARQUE
  2. Una vez que hayas pasado el control de seguridad, es hora de localizar tu puerta de embarque. La información de la puerta de embarque viene indicada en tu billete, pero es altamente recomendable que la busques también en los monitores del aeropuerto por si hubiera habido algún cambio de última hora.

  1. DESCANSA Y RELÁJATE ANTES DEL VUELO
  2. Si llegaste con tiempo suficiente, puedes relajarte antes de embarcarte en tu vuelo y realizar visitas a las tiendas o los restaurantes del aeropuerto, descansa en una de las áreas de espera o aprovecha para cargar tus dispositivos electrónicos.

Monitores de Vuelos de Llegadas / Salidas

pantalla de vuelos
Aeropuerto de San Sebastián - (EAS)

Para conocer la información de los vuelos de entrada y salida y las puertas de embarque, debemos consultar los monitores o pantallas del aeropuerto.

Estas pantallas las encontramos en varias zonas del aeropuerto, como las áreas de llegadas, salidas, check-in y en las puertas de embarque. Allí se mostrará la información actualizada de los vuelos, incluyendo su hora de salida o llegada, número de vuelo, aerolínea y puerta de embarque asignada.

Para localizar tu puerta de embarque, busca en los monitores el número de tu vuelo y la aerolínea con la que viajas, luego, busca la columna "PUERTA" que indica la puerta de embarque a la que debes acudir.

Es importante recordar que las pantallas informativas del aeropuerto se actualizan constantemente, por lo que debemos estar atento a cualquier cambio o actualización en la información de tu vuelo.

Horario y estado de vuelos en San Sebastián

Mapa de las Terminales del Aeropuerto de San Sebastián

Aeropuerto de San Sebastián
Planos de la terminal de Aeropuerto de San Sebastián

Las terminales que son las áreas donde se realizan los procesos de registro de pasajeros, seguridad, abordaje, desembarque y recuperación de equipaje

DOCUMENTACION NECESARIA PARA VIAJAR

  1. VUELOS NACIONALES (ORIGEN Y DESTINO ESPAÑA)
  2. La compañía aérea es la encargada de solicitar la documentación al facturar y recibir la tarjeta de embarque al subir a la aeronave.

    Te recomendamos que consultes con tu compañía la documentación necesaria para tu viaje.

  1. VUELOS INTERNACIONALES. VUELOS DESDE ESPAÑA A PAÍSES SCHENGEN
    • PASAJERO NACIONAL: DNI o pasaporte en vigor.
      • MENORES DE 14 AÑOS

        Exento. El responsable es la persona con la que realiza el viaje.

        • AUTORIZACIÓN DE VIAJE FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL PARA MENORES DE EDAD
          • El permiso de viaje es exclusivamente para menores españoles residentes en España que viajen fuera del territorio nacional no acompañados de cualquiera de sus progenitores o tutores.
          • Únicamente es obligatoria la comparecencia de unos de los representantes legales en dependencias policiales, pero sí es necesario el consentimiento de los dos.
        • ¿CUÁNDO NO ES NECESARIO LA AUTORIZACIÓN DE VIAJE PARA MENOR?

          No es necesaria la autorización de viaje para menores en varias situaciones:

          • Si el menor viaja en compañía de sus representantes legales.
          • Si el menor entra en España o si el menor español reside habitualmente fuera del territorio nacional.
          • Tampoco se requiere autorización para los menores emancipados legalmente.
          • Los menores extranjeros que residen en España deben cumplir con la legislación de su país y deben acudir a sus autoridades consulares para la documentación correspondiente.

        Dicho permiso deberá ser cumplimentado por un funcionario de Guardia Civil o Policía Nacional.

      • MAYORES DE 14 AÑOS
        1. DNI o pasaporte no necesariamente en vigor.
        2. Carné de conducir expedido en España (consulta con tu aerolínea para verificar si lo admite).
  1. Pasajero UE Schengen o de otros países: Pasaporte, documento de identidad en vigor o documento de viaje válido en vigor.
  2. Países Schengen:

    Alemania, Austria, Bélgica, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Suecia, y Suiza.

    Países UE No Schengen:

    Bulgaria, Chipre, Irlanda, y Rumanía.

REQUISITOS GENERALES DE ENTRADA EN ESPAÑA:

Las condiciones de entrada en España varían según la nacionalidad y el motivo del viaje.

PRESENTAR EL TIPO DE DOCUMENTACIÓN :

  • Ciudadanos de la Unión Europea (UE) : pueden entrar en España con un pasaporte o DNI válido. No se requiere visado.
  • Ciudadanos de países fuera de la UE : deben tener un pasaporte válido y, en algunos casos, estar en posesión de un visado para entrar en España. La necesidad de un visado dependerá del país de origen y de la duración y el propósito del viaje. El visado de estancia no será necesario si el interesado tiene un permiso de residencia válido o un visado de larga duración válido expedido por un Estado Schengen.

ACREDITAR CONDICIONES DE LA ESTANCIA :

  • Los pasajeros deberán justificar los motivos y las condiciones de la estancia, presentando ante los agentes de Policía Nacional del control de entradas cualquier documento o medio de prueba, tales como:
  • Billete de vuelta o de circuito turístico.
  • Si el viaje tiene fines profesionales : invitación de una empresa o autoridad, documentos que prueben relaciones vinculadas a la actividad profesional o tarjetas de acceso a ferias y congresos.
  • Si el viaje tiene fines turísticos o privados : confirmación de la reserva de un viaje organizado, prueba de hospedaje o carta de invitación de un particular .
  • Si el viaje tiene fines de estudios de hasta 3 meses : matrícula, convenio de prácticas o admisión en un programa de voluntariado.
  • Para otros motivos : invitaciones, reservas o programas, certificados de participación en actividades relacionadas con el viaje, tarjetas de entrada o recibos.

ACREDITAR LOS MEDIOS ECONÓMICOS SUFICIENTES:

  • La cantidad mínima exigida es de 108 euros por persona y día.
  • En todo caso, se exigirá una cantidad mínima de 972 euros o su equivalente en divisas.
  • Los medios económicos se pueden acreditar presentando dinero en efectivo, cheques de viaje, tarjetas de crédito acompañadas de extracto de la cuenta bancaria, libreta bancaria o cualquier otro medio que acredite la cantidad disponible como crédito de la tarjeta o cuenta bancaria.

Los agentes de Policía Nacional del aeropuerto de San Sebastián podrán denegar la entrada a los nacionales de terceros Estados que no cumplan los requisitos de entrada anteriormente descritos o que estén sujetos a una prohibición de entrada.

OBJETOS PERDIDOS EN EL AEROPUERTO

Los descuidos y pérdidas de nuestras pertenencias son una parte común de la experiencia de nuestro viaje en los aeropuertos, ya que es fácil para cualquier pasajero distraído olvidar sus pertenencias en cualquier sitio mientras se desplaza de un lugar a otro dentro del aeropuerto.

Para poder recuperar nuestras pertenencias, lo primero que debemos preguntarnos es en qué lugar hemos podido extraviar nuestros efectos.

Oficina de extravío de pertenencias en el Aeropuerto de San Sebastián

943 48 10 00 (Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián)
No dispone de oficinas - Se deberá acudir al ayuntamiento

¿He perdido mis pertenecías dentro del aeropuerto?

Si lo hemos perdido en el interior del aeropuerto, generalmente son llevados a una oficina central de objetos perdidos (Lost&Found Property) del aeropuerto. Esta oficina de objetos perdidos registra los detalles del objeto encontrado, incluida una descripción detallada del objeto y el lugar donde se encontró, y luego lo almacena en un lugar seguro.

Para consultar sobre la pérdida de nuestras pertenencias en el aeropuerto de San Sebastián debemos contactar con la oficina de objetos perdidos llamando al número de teléfono o enviando un correo electrónico detallando los siguientes datos:

  • Nombre del propietario
  • Código Postal
  • Número de Teléfono de contacto
  • Correo Electrónico
  • Información del Objeto Perdido
  • Fecha Extravío
  • Lugar del Extravío
  • Artículo
  • Marca
  • Modelo
  • Número de Serie
  • Cantidad
  • DESCRIPCIÓN: COLOR, MATERIAL, TALLA

Recuerda que para recuperar tus pertenencias es necesario aportar físicamente un documento de identidad como propietario del objeto (DNI, pasaporte, Carta de Identidad, tarjeta de identidad de extranjero) y una autorización escrita en caso de que la persona que retire el objeto no sea el propietario.

En aeropuertos pequeños con apenas tráfico de viajeros que no disponen de oficina propia de Objetos Perdidos tales objetos son llevados al ayuntamiento o Comisaría Local de la ciudad que quedan depositados en sus respectivas oficinas de objetos perdidos durante un tiempo determinado.

¿Si he perdido mis pertenencias dentro del avión?

Ahora bien, si te das cuenta de que has perdido tus pertenencias dentro del avión o que tu equipaje no ha llegado a tu destino, debes ponerte en contacto con tu compañía de viaje o con la empresa de handling (normalmente Groundforce), ya que son ellos los encargados de la gestión del seguimiento y reparto del equipaje. De esta manera, podrán informarte sobre el estado de tus pertenencias y tomar medidas para localizarlas y hacer que lleguen a su destino lo antes posible.

¿He perdido mi DNI / pasaporte?

Si hemos extraviado nuestro documento de identidad, debemos acudir a la Comisaría de la Policía Nacional en el aeropuerto, ya que es esta institución la responsable de la custodia de todos los documentos nacionales y extranjeros perdidos tanto dentro del aeropuerto como dentro del avión.

Si después de un tiempo determinado no se reclaman los documentos o no se logra contactar a los propietarios, se enviarán a los respectivos consulados para su gestión individual.

En el caso de los documentos españoles, estos podrán ser destruidos por razones de seguridad.

Es importante tener en cuenta que no todos los objetos perdidos se recuperan. Algunos pueden ser robados o recogidos por alguien que no los devuelve a la oficina de objetos perdidos. Además, algunos objetos perdidos pueden haber sido abandonados por completo por sus propietarios y, por lo tanto, nunca se recuperan.

¿Podemos denunciar la pérdida de nuestras pertenencias?

Si no logramos recuperar nuestras pertenencias extraviadas en el interior del aeropuerto, podemos realizar una denuncia de robo, hurto o extravío según ocurriera el hecho, en la Comisaría de Policía Nacional.

Es importante que describamos con precisión los hechos que dieron lugar a la denuncia y que proporcionemos un listado completo y detallado de las pertenencias perdidas, incluyendo la marca, modelo, color, número de serie, cantidad y valor aproximado de cada artículo.

La presentación de la denuncia es esencial ya que, además de incrementar nuestras posibilidades de recuperar nuestras pertenencias, también nos permitirá, en caso de disponer de un seguro de viaje, ser compensados por la compañía aseguradora.

Es importante indicar que en Código Penal español en su art. 254 se castiga la apropiación indebida de cosa perdida: Quien, con ánimo de lucro, se apropiare de una cosa mueble ajena, será castigado con una pena de multa de tres a seis meses.

Comisarías de Policía Nacional en Puestos Fronterizos

Los agentes de la Policía Nacional tienen como función principal controlar el acceso y salida de personas del territorio nacional mediante puestos de control móviles y fijos. Para facilitar el proceso de cruce de fronteras, se utilizan avanzadas cabinas o terminales ABC (Control Automatizado de Fronteras), que realizan comprobaciones biométricas en pocos segundos para identificar la cara y la huella dactilar de los pasajeros.

Las comisarías de Policía Nacional disponen de Oficinas de Denuncias y Atención al Ciudadano (ODAC) donde podemos reportar hechos delictivos o de interés policial ocurridos en el interior del aeropuerto, así como diversos permisos y autorizaciones tales como:

  • Extravíos de efectos y/o documentación.
  • Apropiaciones Indebidas de efectos.
  • Permiso de Viaje Fuera del territorio nacional para menores.
  • Declaraciones de Entrada. (los extranjeros que accedan a territorio español procedentes de un Estado con el que España haya firmado un acuerdo de supresión de controles fronterizos, en el plazo de tres (3) días hábiles, tendrán la obligación de declarar la entrada personalmente ante las autoridades policiales españolas)

Servicio de Denuncias Telefónicas para turistas extranjeros

Los turistas extranjeros podrán llamar al 902 102 112 para tramitar sus denuncias y serán atendidos en idioma alemán, español, francés, inglés o italiano.

  • Horario de atención es de 09:00 a 21:00 horas, de lunes a viernes.
  • Los sábados, domingos y festivos este servicio no está disponible.

Quedan excluidas de este tipo de denuncias aquellas infracciones que requieran una intervención inmediata de la Policía, como las referidas a delitos contra las personas y, en general, las que, por su gravedad, complejidad u otras circunstancias concretas requieran un tratamiento singularizado en comisaría.

Las denuncias presentadas por este procedimiento deberán ser firmadas y ratificadas, ante una Comisaría de Policía Nacional, indicando el número de referencia de la denuncia, en un plazo máximo de 3 días naturales.

ADUANA. ¿Qué hay que declarar en la aduana del aeropuerto?

Deberán pasar por el canal rojo o de "algo que declarar" los residentes españoles que llegan a un puerto o aeropuerto español procedente de un lugar situado fuera de la Unión Europea, y que porten mercancías para uso comercial, mercancías para uso propio por encima de las cantidades o valores permitidos, mercancías sujetas a algún tipo de restricción o control, o dinero por valor igual o superior a 10.000 euros.

Por otro lado, deberán pasar por el canal verde o de "nada que declarar" aquellos que lleven bienes en el equipaje personal para uso personal o familiar, que no superen las cantidades o valores permitidos y que no lleven mercancías sujetas a restricciones o controles que deban realizarse en las aduanas. Se exceptúan las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

PRODUCTOS PROHIBIDOS PARA LLEVAR A UN AEROPUERTO:

En la aduana de un aeropuerto o puerto, existen restricciones para la introducción de ciertos productos, entre los que se incluyen:

  • ALIMENTOS: la introducción de carne y productos cárnicos, leche y productos lácteos.
  • VEGETALES (flores, frutas, legumbres, plantas…).
  • ESPECIES de animales y vegetales salvajes protegidos.
  • Drogas y sustancias estupefacientes o cualquier mercancía que contravenga la normativa vigente.

Devolución de IVA o Tax free

Los turistas que no residan en España o en la Unión Europea y se dirijan a un tercer país, así como los residentes en Canarias, Ceuta y Melilla, tienen derecho a la devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido en sus compras efectuadas en el resto del territorio nacional.

El mecanismo de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a los viajeros solo se aplica a los bienes adquiridos que vayan a ser transportados en el equipaje personal de los viajeros y que salgan efectivamente del territorio de la Unión Europea. No se aplica a servicios ni a bienes consumidos total o parcialmente en la UE. Además, los bienes que puedan ser consumidos deben salir del territorio de la UE en el mismo estado en que fueron adquiridos para poder obtener la devolución de las cuotas de IVA soportado.

Los terminales interactivos del sistema “DIVA”, se suelen encontrar cerca de las oficinas de aduanas en la Terminal de Salidas de los aeropuertos Internacionales, y en las oficinas de la Guardia Civil y también las agencias de cambio Exact Change y Global Exchange efectúan este trámite.

TIPO DE TRANSPORTES. Alquiler de vehículos (Rent a Car in San Sebastián) – Requisitos Generales:

  • Edad mínima para conducir:

La edad mínima requerida para alquiler de un vehículo es de 21 años.

  • Pasaporte o Documento de Identidad:

El titular del permiso de circulación también deberá presentar sus documentos de identificación originales y en vigor, así como no podrá pesar sobre su nombre ningún tipo de restricción crediticia en el momento de la apertura de contrato con la compañía de alquiler. 

  • Licencia o Permiso de Conducir:

El conductor deberá tener al menos 1 año de antigüedad en su permiso de conducir y deberá presentar su licencia de conducción original y en vigor. 

  • Tarjeta de crédito o débito:

Se debe contar con una tarjeta de crédito válida y emitida por una entidad bancaria, con un límite de crédito suficiente para el depósito de garantía y efectuar el pago del contrato. 

  • Comprobante de la Reserva:

La presentación del comprobante de reserva es obligatoria para asegurar la disponibilidad del vehículo y los servicios contratados. Las compañías de alquiler se reservan el derecho de rechazar el alquiler a menores de edad, personas sin permiso de conducción o que representen un riesgo según su criterio.

Autobús

El autobús es un medio de transporte común y económico para llegar al aeropuerto. En muchos casos, hay servicios de autobuses públicos o privados que conectan el aeropuerto con la ciudad o el área metropolitana cercana. Estos autobuses pueden tener diferentes horarios y frecuencias de servicio, dependiendo de la ciudad y del aeropuerto en cuestión.

Una de las ventajas de utilizar un autobús para llegar al aeropuerto es que suelen ser más económicos que otros medios de transporte, como el taxi o el servicio de traslado privado. Además, algunos autobuses pueden tener paradas en diferentes puntos de la ciudad, lo que puede resultar conveniente para los viajeros que no se encuentran cerca del aeropuerto. 

Líneas de autobuses en el Aeropuerto de San Sebastián

Numerosas líneas de Lurraldebus (operadas por Ekialdebus) unen el aeropuerto con diversas localidades de Gipuzkoa (Hondarribia, Irún, Rentería, San Sebastián, etc.)
Bus Stop A y B

Taxis

Una de las ventajas de utilizar un taxi para llegar al aeropuerto de San Sebastián es la comodidad y la velocidad que ofrecen. Los taxis pueden ser más cómodos que los autobuses, y pueden llegar directamente al destino deseado sin tener que hacer trasbordos o caminar distancias largas con el equipaje.

Sin embargo, los taxis pueden ser más costosos que otros medios de transporte, especialmente en ciudades donde el tráfico puede ser denso y el tiempo de viaje puede ser largo.

Es importante investigar las tarifas de taxi en la ciudad en el que se encuentra el aeropuerto antes de tomar un taxi para evitar pagar precios excesivos.

Además, algunos taxistas pueden intentar cobrar tarifas más altas a los turistas o visitantes, por lo que es importante estar alerta y preguntar el precio antes de subir al taxi.

Líneas de taxis en el Aeropuerto de San Sebastián

El Aeropuerto de San Sebastián cuenta con parada permanente de taxis.
Taxis Hondarribia: (+34) 943 641 256 / (+34) 682 923 685.

Servicios para personas con movilidad reducida (PMR)

El servicio de asistencia en el aeropuerto de San Sebastián es ofrecido de manera gratuita por Aena y está especialmente diseñado para brindar ayuda a personas con discapacidad o movilidad reducida. Es importante señalar que este servicio no tiene la función de ser un servicio de guardia y custodia, por lo que se requiere que los menores de edad que necesiten asistencia viajen acompañados. 

Este servicio está disponible únicamente en los aeropuertos y es posible solicitarlo para un máximo de cuatro vuelos en una misma solicitud. Para asegurar la calidad de la asistencia, se requiere que se haga la solicitud con al menos 48 horas de antelación a la hora de salida del vuelo, incluso si el vuelo en cuestión aún no aparece registrado en el sistema.

La cita para la asistencia se llevará a cabo en el punto de encuentro establecido varias horas de antelación al vuelo. Asimismo, se recomienda informar a la compañía aérea y/o al operador turístico sobre la necesidad de asistencia y tener en cuenta que estas empresas pueden establecer restricciones en cuanto al transporte de equipos de movilidad, por lo que es conveniente ponerse en contacto con la aerolínea si se planea viajar con silla de ruedas o moto eléctrica propia. 

Para solicitar el servicio para personas con movilidad reducida (PMR) acceda a este servicio y completa tus datos y acepta las condiciones del servicio.

Servicio para personas con movilidad reducida en el Aeropuerto de San Sebastián

Portal de Servicios Telemáticos de Consultas de Aena

El Portal de Servicios de consultas telemáticas es un servicio dirigido a los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a Aena en el ejercicio de sus competencias.

Es un servicio a través del cual podrá realizar peticiones de sugerencia y mejoras, consultas o informar de cualquier insatisfacción de servicios prestados por Aena.

Servicio para personas con movilidad reducida en el Aeropuerto de San Sebastián

Reclamaciones y Sugerencias

Aena ofrece hojas de reclamaciones y otros medios para que los pasajeros puedan presentar reclamaciones, quejas o sugerencias referentes a las instalaciones y servicios aeroportuarios, así como a las empresas o entidades oficiales y comerciales que operan en ellos.

Sin embargo, en el caso de incumplimiento de las condiciones de transporte con una compañía aérea, los pasajeros deben reclamar directamente a la compañía aérea.

Desde la sección de reclamaciones y sugerencias podrá presentar todo tipo de reclamaciones, quejas o sugerencias referentes a las instalaciones y servicios aeroportuarios (limpieza, servicio de información, etc.), y a las empresas o entidades oficiales y comerciales que operan en ellos.

Recuerde que en el caso de reclamaciones patrimoniales o de daños personales, se debe utilizar el acceso con certificado digital o descargar los formularios y remitir la reclamación por escrito al aeropuerto donde se produjeron los hechos. 

En cualquier caso, si no tuviera claro a qué aeropuerto puede dirigir su queja o sugerencia, siempre puede remitirla a:

Correo ordinario Aena:

  • Aena
  • Dirección de Operaciones, Seguridad y Servicios
  • División Servicios Aeroportuarios
  • C/ Peonías, 12
  • 28042 Madrid

Reclamaciones y sujerencias en el Aeropuerto de San Sebastián