La prestación contributiva protege la situación de desempleo tanto a las personas que pierdan su empleo como para las personas que vean reducida su jornada ordinaria de trabajo. Por lo que puede solicitar la prestación las personas que no estén trabajando o las que se les haya reducido la jornada laboral entre un 10% y un 70%. La prestación contributiva por desempleo incluye la cotización a la Seguridad Social por jubilación, incapacidad temporal e invalidez, por lo que durante el tiempo que perciba la prestación la persona beneficiaria está cotizando a la jubilación.
Si cumple con los requisitos, puede solicitar la prestación a través de la Web del Servicio Público de Empleo Estatal si se dispone de certificado electrónico, o a través oficina de prestaciones que le corresponda según su domicilio, es necesario solicitar cita previa online o telefónica llamando al 91 926 79 70.
La duración depende de las cotizaciones por desempleo que haya realizado en los últimos 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Para determinar la duración de la prestación se aplicará la siguiente escala.
Días de cotización | Días de prestación |
De 360 a 539 | 120 |
De 540 a 719 | 180 |
De 720 a 899 | 240 |
De 900 a 1079 | 300 |
De 1080 a 1259 | 360 |
De 1260 a 1439 | 420 |
De 1440 a 1619 | 480 |
De 1620 a 1799 | 540 |
De 1800 a 1979 | 600 |
De 1980 a 2159 | 660 |
Desde 2160 | 720 |
La cuantía de la prestación depende de la cotización a la Seguridad Social durante los 180 últimos días trabajados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias. El importe diario que se percibe es el 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 días de prestación y el 60 % a partir del día 181 hasta el final de la misma. Estos topes dependen de si la persona tiene hijos a cargo menores de 26 años o son mayores con discapacidad, si conviven en el domicilio familiar y no tienen rentas mensuales superiores al salario mínimo interprofesional.
A jornada completa la cuantía mínima de la prestación es de 560 euros y la máxima de 1.225 euros sin hijos a cargo. Estas son las cuantías en bruto, de ahí hay que deducir el IRPF y las cotizaciones a la seguridad social, por lo que la cuantía máxima neta sería de unos 1.190 euros mensuales.
El pago de la prestación se realizará por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo.
Para favorecer la iniciativa empresarial, la persona beneficiaria de la prestación puede solicitar el pago único de la prestación, para montar su propia empresa.
La fecha de cobro del paro depende de la fecha de solicitud y del día en que se aprueba el subsidio. Por lo general, se cobra a partir del día 10 del mes siguiente al que se haya producido el desempleo. Si el solicitante ha recibido la aprobación del subsidio más tarde, el pago se realizará retroactivamente desde la fecha de aprobación.
El día exacto en que se cobra el paro en los siguientes meses puede variar dependiendo del banco o entidad financiera en la que el beneficiario tenga su cuenta. Por lo general, el SEPE transmite el dinero a los bancos entre los días 10 y 15 de cada mes, y a partir de ese momento, cada entidad financiera puede tardar entre 1 y 3 días en acreditar el dinero en la cuenta del beneficiario.
En consecuencia, es difícil establecer una fecha exacta de cobro del paro según cada banco, ya que depende de los plazos y procedimientos internos de cada entidad financiera. En cualquier caso, es recomendable que el beneficiario consulte con su banco para conocer los plazos y fechas concretas de acreditación del dinero en su cuenta.
Una vez aprobada la prestación por desempleo, esta puede extinguirse por las siguientes incompatibilidades:
Si la salida al extranjero no es superior a 15 días naturales, se mantiene la prestación, es recomendable comunicar la salida al Servicio de Empleo Público Estatal. Si la salida es de duración superior a 15 días, la prestación por desempleo se suspende.
Para conocer más acerca de la prestación por desempleo puede acceder a la web www.sepe.es
Técnico del Servicio Público de Empleo Estatal en Cantabria desde 2021, vinculada al Plan de Recuperación, Transformación y resiliencia. Graduada en Derecho y en Ciencias Políticas por la Universidad CEU San Pablo. Ha desarrollado su carrera profesional como técnico jurídico tanto en el sector público como el sector privado en empresas como BP España y IHCantabria.